En un comunicado, la DGT admite que «no tiene competencia alguna en la regulación» del uso de la mascarilla y que conducir con ella mal colocada e, incluso, sin ella no puede suponer pérdida de puntos.
La noticia surge a raíz de la avalancha de desinformaciones surgidas después de la publicación de la ley que establece desde el 29 de marzo la obligatoriedad de la mascarilla, incluso en espacios al aire libre y aunque exista distancia de seguridad.
La pandemia parece que también le ha dado un giro de tuerca a las reglas de la información. Son muchas las publicaciones que han llegado a afirmar que por llevar la mascarilla «colgada en el espejo retrovisor, la multa es de 80 euros».
En este sentido, la DGT lamenta que «algún ciudadano se haya podido sentir desinformado por todas estas falsas noticias publicadas y no contrastadas ni con la fuente, ni con la normativa de tráfico y seguridad vial».
El organismo dirigido por Pere Navarro es tajante a este respecto y especifica que ningún artículo de la ley de circulación recoge que «no llevarla, quitársela o demás acciones […] sea un precepto infractor y mucho menos que lleve aparejado la pérdida de puntos».
El artículo 6 de la citada ley solo alude al uso de la mascarilla «en los transportes públicos y privados […] en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio».
Si no se cumple esta norma –de carácter sanitario– los agentes podrían sancionar con una multa de 100 euros por cada ocupante que no la lleve puesta. Siempre por cuestiones de salud pública y no por contravenir ninguna regla de tráfico, matiza la Dirección General de Tráfico.